Escrito por Redacción SJN
5 Ago
A casi un mes de la promulgación de la Ley Bases, el Gobierno nacional reglamentó la primera parte de la legislación, con el objetivo de avanzar con las reformas que el presidente Javier Milei se propuso llevar a cabo desde el inicio de su gestión. En esta primera etapa, el Ejecutivo estableció la normativa vinculada al Título II, que contempla las modificaciones en el sistema de empleo público, cambios en los procesos administrativos y las privatizaciones de las empresas públicas.
La reglamentación se hizo efectiva a través del decreto 695/2024 publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. De esta manera, acelera la implementación de la normativa, que fue el resultado de un largo proceso en el Congreso, que incluyó un primer intento fallido en Diputados durante las sesiones extraordinarias y una última ofensiva que se coronó después de una negociación política que encabezó Guillermo Francos, ya como jefe de Gabinete.
El decreto incluye la reglamentación del Título II, relacionado con la reforma del Estado y los cambios en los procedimientos administrativos, como así también los vinculados a la privatización de empresas públicas y la flexibilización de las condiciones del empleo público. Así, se establecieron las precisiones de la implementación de cerca de 60 artículos de la ley.
Privatizaciones
En ese sentido, instrumentaron el esquema previsto para la concesión o venta parcial o total de las siguientes empresas: Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
De esta manera, se estableció que el ministro o secretario de la Presidencia en cuya jurisdicción se encuentre la empresa o sociedad a privatizar deberá elevar al Poder Ejecutivo un informe en el que se precise la propuesta concreta vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización. Este documento tendrá que incluir los siguientes puntos: el carácter total o parcial de la privatización propuesta y su fundamento; las alternativas de procedimiento que se estimen adecuadas al caso; la o las modalidades de las enunciadas que se entiendan convenientes para materializar la privatización; el procedimiento de selección que se prevea utilizar y los plazos estimados para cada una de las etapas del procedimiento de privatización; y la eventual propuesta para el otorgamiento de las preferencias a las que se refiere el artículo 16 de la Ley Nº23.696 y la aplicabilidad, en el caso que corresponda, de un Programa de Propiedad Participada, especificando las clases de sujetos adquirentes y proporción del capital accionario comprendido en el programa. Una copia de este informe será enviado a la Comisión Bicameral del Congreso.
Empleo público
Con respecto a los cambios en la estructura del empleo público, el Gobierno reglamentó las bases para poner en marcha un nuevo sistema de ingreso al Estado y avanzar con las desvinculaciones, despidos y reubicación del personal estatal.
Uno de los principales puntos que establece el decreto es que, de ahora en más, para trabajar en el Estado se deberá aprobar una “Evaluación General de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima”. La persona será identificada una vez que sea calificada.
“La máxima autoridad de la jurisdicción u organismo descentralizado al que corresponda el cargo concursado o sujeto a proceso de selección será responsable de la verificación del cumplimiento de los recaudos establecidos en el presente artículo, así como de las previsiones pertinentes de las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública”, señala y indica: “En lo concerniente a las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública y su aplicación respecto al presente artículo, cuando la Unidad de Recursos Humanos del organismo en que tramita el ingreso lo considere pertinente consultará a la Oficina Anticorrupción o el órgano competente, el que deberá expedirse dentro de los cinco días de efectuada la consulta”.
Desde su llegada al Poder Ejecutivo, la gestión libertaria puso en marcha un proceso de reorganización de la planta del Estado al no renovar cientos de contratos y pasar a disponibilidad a aquellos que integran la planta permanente. Sobre la situación de las personas afectadas por la reestructuración, dispusieron la creación del Registro Nacional de Personal en Situación de Disponibilidad y establecieron una escala para asignar el período de disponibilidad del personal alcanzado, que quedó conformada de la siguiente manera:
- hasta 15 años de antigüedad: 6 meses;
- más de 15 años de antigüedad y hasta 30 años de antigüedad: 9 meses;
- más de 30 años de antigüedad: 12 meses.
Las personas que se encuentren en esta situación percibirán en concepto de haber de disponibilidad “un importe mensual equivalente a la retribución asignada a su situación escalafonaria alcanzada en la progresión vertical y horizontal de la carrera administrativa, con exclusión de todo otro concepto remunerativo o no remunerativo”.
Procesos administrativos
Mediante el anexo del decreto, se hacen efectivos una serie de cambios y modificaciones en los procesos administrativos de los organismos del Estado a fin de agilizar los tiempos de la gestión.
“Los trámites en el marco de recursos, reclamos y demás impugnaciones previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos y en el presente reglamento son gratuitos, con exclusión de aquellos en los que, por normativa específica, se exija el pago de una tasa o suma de dinero por el desarrollo y organización de esa actividad estatal específica y concreta”, garantiza la normativa.
En este apartado, se establece el nuevo Reglamento de Procedimientos Administrativos, que especifica los procesos de los trámites del Estado, otorgándole a los adolescentes la plena capacidad de intervenir directamente en procedimientos administrativos como parte autorizada. Asimismo, contempla a los medios electrónicos como una forma de notificación formal o como una de las maneras válidas para presentar un escrito.
Sin embargo, con este decreto, el oficialismo solo estableció la reglamentación de la primera parte de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, por lo que aún falta ultimar los detalles para la implementación de los demás títulos de la legislación, dentro de los que se encuentra el RIGI —uno de los principales puntos que más conflictos generó en ambas cámaras y trabó las negociaciones—.
FUENTE: INFOBAE
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