Escrito por Redacción SJN
28 Jun
Pasaron 201 días desde que Javier Milei juró como Presidente y, finalmente, el Gobierno logró que el Congreso apruebe los dos proyectos que calificó como “fundacionales” para su proyecto político: la Ley Bases y el proyecto fiscal.
Se trata de un conjunto de normas que introduce profundos cambios en prácticamente todas las áreas de la vida cotidiana: desde el pago de impuestos, con las reformas al Impuesto a las Ganancias y el de Bienes Personales, pasando por las relaciones laborales, empleo, obras públicas y hasta el poder de decisión del propio Milei.
El largo peregrinaje del oficialismo para aprobar las normas comenzó en enero, en el período de sesiones extraordinarias, que terminó con el retiro del proyecto por parte del oficialismo luego del rechazo en Diputados de algunos artículos en la discusión particular. Esa situación provocó un “volver a empezar” del oficialismo, que cambió su forma de negociar con la llamada “oposición dialoguista” y, aunque más acotada, consiguió finalmente el apoyo para la sanción de la ley en el Congreso.
Más allá de la política, en la que el extenso debate reconfiguró posiciones tanto en el oficialismo como en la oposición, la Ley Bases y el paquete fiscal provocará cambios en la vida cotidiana de los argentinos, algunos que serán inmediatos y otros que impactarán con el correr del tiempo.
A continuación, las reformas más importantes que impactarán en la vida cotidiana de los argentinos:
Modificaciones en Ganancias y Bienes Personales
El paquete fiscal establece una reversión del impuesto a las Ganancias que había establecido el entonces ministro de Economía Sergio Massa durante la última parte del año pasado, cuando era el candidato presidencial de Unión por la Patria. A partir de ahora, el mínimo no imponible será de $1.800.000 brutos para los solteros y de $2.200.000 para los casados con hijos. Así, con alícuotas que van del 5% al 35%, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos el año pasado. Se podrán deducir del impuesto gastos por alquiler y servicios médicos. La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
En el caso del impuesto a los Bienes Personales, el mínimo no imponible se elevará, eximiendo a quienes posean bienes por debajo de los $100 millones. Las alícuotas disminuirán a un rango entre 0,5% y 1,5%. Además, un régimen especial permitirá adelantar el pago del tributo de cinco ejercicios a una tasa preferencial.
Monotributo
En cuanto a los monotributistas, sus escalas y montos de facturación se incrementarán hasta un 400% desde julio. Las cuotas a pagar subirán en la misma proporción, actualizándose semestralmente según el índice de precios al consumidor. Así, la categoría más baja (A) podrá facturar hasta $6.450.000 anuales -actualmente era de $2,1 millones-, y el monto máximo de facturación para la categoría más alta (K) será de $68 millones.
Por otro lado, se establece un aumento en los importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Sumando todos los parámetros, las cuotas a pagar van desde $26.600 (categoría A) hasta $280.734 (categoría H). Hasta ahora, los montos iban de $12.128 a $66.111.
Cambios en la relación con el Estado
La Ley Bases propone un nuevo esquema en la interacción entre los ciudadanos y la administración pública. Según el proyecto, se busca garantizar ciertos derechos a las personas. Bajo el título “eficiencia burocrática”, la administración pública no podrá solicitar documentos o informes que ya hayan sido presentados en algún momento, como en el trámite del Certificado Único de Discapacidad, para lo que ya no será requerido presentar una copia del DNI.
Además, si la administración pública no responde ante una solicitud específica en el tiempo estipulado, se activará el “silencio administrativo”, otorgándose lo solicitado automáticamente. Esto excluye áreas sensibles como salud pública, medio ambiente y servicios públicos.
Impacto en la situación de los empleados públicos
Los empleados de organismos del Estado sujetos a reestructuración podrán ser puestos en disponibilidad por un máximo de un año. Durante este período, recibirán capacitación o se les asignarán tareas en servicios tercerizados. Si no son reasignados en este plazo, serán desvinculados con una indemnización basada en su mejor salario mensual y su antigüedad.
No serán afectados los empleados que sean delegados sindicales con mandato vigente o que estén de licencia por motivos como enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio. Una vez vencida la licencia, podrían ser puestos en disponibilidad.
Además, se prohíben durante el horario laboral actividades vinculadas a campañas electorales y partidistas, y a partir del cumplimiento de los requisitos de jubilación, los empleados podrían ser exhortados a iniciar los trámites previsionales.
Dentro de la Ley Bases se establece que el derecho a huelga no podrá ser tomado como un elemento causal de despido, aunque sí se podrá descontar el día a aquellos empleados que paren.
Relaciones laborales entre privados
Se introduce un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable a ocho meses o un año dependiendo del tamaño de la empresa. Participar en bloqueos o tomas de la empresa será considerado como injuria laboral grave y justificación para el despido.
También se plantea un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones, financiado con un aporte mensual del empleador que no supere el 8% del salario. Se trata de un sistema similar al que utiliza la UOCRA y que, para aplicarse, deberá ser acordado a través del convenio colectivo de trabajo. Además, se establecerán indemnizaciones agravadas en casos de despido por discriminación.
Para el caso de los trabajadores independientes o monotributistas, podrá contratar a otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.
Obras Públicas
Las obras públicas financiadas por el Estado que superen los $10.000 millones serán canceladas salvo aquellas con avance de ejecución del 80% o más, o que posean financiamiento internacional, afectando infraestructuras como rutas, hospitales y escuelas.
Es uno de los puntos que más rechazan los gobernadores, ya que muchas obras que hasta ahora eran financiadas por el Estado nacional quedarán frenadas o deberán ser afrontadas con fondos o financiamiento propio.
Fomento del Empleo Privado y Régimen de Inversiones
La Ley Bases establece la creación de un nuevo régimen destinado a fomentar el empleo registrado y a eliminar temporalmente las multas para aquellos empleadores que no hayan regularizado correctamente a su personal hasta la fecha. Esta medida tendrá una vigencia de tres meses a partir de su implementación, según informaron las autoridades.
Según los argumentos del oficialismo, el nuevo esquema tiene como objetivo principal incentivar a los empleadores a formalizar la situación laboral de sus trabajadores sin temor a recibir sanciones inmediatas.
Nuevo régimen para grandes inversiones
Las empresas que operen en sectores como la forestoindustria, la infraestructura, la minería, la energía, la tecnología, el turismo, la siderurgia, el petróleo y el gas tienen la oportunidad de inscribirse en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), destinado a fomentar grandes inversiones.
Para calificar, las compañías deben realizar una inversión mínima de 200 millones de dólares. Las reglas del régimen permiten a los inversores recaudar un porcentaje de las exportaciones dos años después del inicio de la inversión: el 20% en el segundo año, el 40% en el tercer año, y el 100% a partir del cuarto año. Las ganancias netas estarán sujetas a un impuesto del 7%, que se reducirá a 3.5% después de siete años de adhesión al régimen, según lo informado por medios de comunicación.
El régimen también prevé un incentivo para pequeños productores de provincias que se adhieran al RIGI. Las grandes compañías inscritas deberán emplear personal local y destinar al menos el 20% de su inversión a proveedores locales. Esto busca fomentar el desarrollo económico en las provincias y generar empleo local.
Según el Gobierno, este esquema tiene el propósito de impulsar el crecimiento económico a través de inversiones significativas en sectores clave y apoyar a los productores más pequeños, promoviendo tanto el desarrollo industrial como la integración regional.
Blanqueo de capitales
Entre lo aprobado por el Congreso figura también un nuevo régimen de regularización de bienes y activos no declarados, que estará vigente desde la promulgación de la ley hasta el 30 de abril de 2025, con una posible prórroga hasta el 31 de julio del mismo año. Este régimen permitirá a las personas que posean capitales fuera del control del Estado adherirse al blanqueo de sus activos.
Para aquellos que deseen regularizar montos inferiores a US$100.000, podrán hacerlo sin pagar impuestos siempre que ingresen el dinero en el sistema financiero argentino y no lo retiren hasta el 31 de diciembre de 2025, o lo destinen a ciertos tipos de inversiones específicas.
En el caso de montos superiores a US$100.000, se aplicarán diversas tasas impositivas según el período en que se efectúe el blanqueo. La primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024, tendrá una tasa del 5%; la segunda etapa, de octubre a diciembre de 2024, aplicará una tasa del 10%; y la tercera etapa, de enero a marzo de 2025, impondrá una tasa del 15%.
Las personas que opten por este blanqueo también verán un incremento del 20% en la alícuota del impuesto a los Bienes Personales, pasando del 0,5% al 0,6%. Además, los participantes en este régimen no podrán adherirse a blanqueos similares futuros hasta el 31 de diciembre de 2038.
Este régimen de regularización excluye a los funcionarios públicos de los últimos diez años, así como a su núcleo familiar directo, incluyendo hermanos, cónyuges, convivientes, padres e hijos.
Precio en los cigarrillos
Las personas que fuman se verán afectadas por un aumento en el precio de los cigarrillos. Si bien se eliminó el componente fijo del impuesto, la alícuota variable fue elevada del 70% al 73%.
Los cambios originales, que generaron una fuerte división pero que finalmente fue incorporada al texto final de la ley, proponía que todas las empresas del sector paguen los mismos impuestos. El perjudicado de esa modificación a la actual ley sería Pablo Otero, dueño de Tabacalera Sarandí, que paga menos que sus competidores ya que tiene en la Justicia un amparo contra el impuesto mínimo al cigarrillo.
FUENTE: INFOBAE
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